martes, octubre 30, 2007

B.O. 26/10/07 MINISTERIO DE SALUD Resolucion 1343/2007

Implementase el funcionamiento del Observatorio Nacional Permanente de Recursos Humanos en Salud. Finalidad.

Bs. As., 10/10/2007

VISTO el expediente Nº 2002-15642-07-8, el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL Nº 90 de fecha 4 de enero de 1952 y la Resoluciones Ministeriales Nº 237 del año 2001 y Nº 243 de fecha 23 de abril de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las Politicas de los Recursos Humanos de Salud establecidas en el PLAN FEDERAL DE SALUD se hace necesario implementar estrategias de planificacion y capacitacion para optimizar las acciones del Sector, priorizando la estrategia de Atencion Primaria de la Salud.

Que el desarrollo de Politicas de Recursos Humanos en Salud es altamente prioritario, debido a la desarmonia entre la oferta, utilizacion y necesidades de los tales Recursos en nuestro pais, sea ello en el grado universitario con sus especializaciones, como en el nivel tecnico y de auxiliares.

Que dicho desequilibrio conlleva diferencias regionales muy importantes generando inequidades en el acceso a los Servicios de Salud por parte de la poblacion.

Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION y el CONSEJO FEDERAL DE SALUD (COFESA), ejerciendo la rectoria del Sector Salud, han acordado establecer las prioridades de formacion de recursos humanos en salud, en funcion de las reales necesidades nacionales y locales.

Que existen antecedentes normativos, como el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL Nº 90/52 y la Resolucion Ministerial Nº 237/01, la que crea la Co.P.Re.H.Sa. (Comision para la Planificacion del Recurso Humano en Salud) que determinaron la necesidad de contar con un Registro Nacional de Instituciones Formadoras en Recursos Humanos de Salud y la creacion de una base de datos unificada del citado recurso humano en salud.

Que los Observatorios de Recursos Humanos en Salud son una iniciativa que la ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS) viene propiciando en las distintas Regiones de America.

Que, conteste con la iniciativa impulsada, este Ministerio ha declarado de interes el OBSERVATORIO PERMANENTE DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD, con el dictado de la Resolucion Nº 243/03.

Que el OBSERVATORIO NACIONAL PERMANENTE DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD se propone como una herramienta capaz de centralizar la informacion correspondiente a los Recursos Humanos de Salud en todos sus niveles, constituyendo asi una base de datos de alcance federal.

Que la posibilidad de contar con informacion cierta y precisa, actualizada en tiempo real de los egresados de Universidades, Escuelas e Institutos Terciarios, de las matriculas en los niveles Auxiliar, Tecnico y Profesional, y de la formacion de posgrado como de las Residencias de Salud, constituye un instrumento de singular significacion en el diseño, desarrollo e implementacion de politicas de salud de alcance nacional.

Que la implementacion del OBSERVATORIO NACIONAL PERMANENTE DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD, se realizo con fuentes de datos primarias como son los Ministerios y/o Secretarias de Salud de las 24 jurisdicciones del pais y el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA NACION, que suministraron la informacion pertinente en tiempo y forma.

Que a tal fin el Observatorio Nacional, requiere del aporte periodico de los integrantes del COFESA y sus tecnicos, los cuales vienen participando de los avances respectivos.

Que la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD ha establecido canales institucionales con el resto de las Jurisdicciones Provinciales y otros Ministerios a fin de garantizar el flujo de informacion, a traves del COFESA.

Que dicha informacion debe ser actualizada periodicamente, de caracter publico y accesible a todos, a traves de la pagina web del MINISTERIO DE SALUD.

Que resulta deseable que las jurisdicciones provinciales ejerzan una operatoria similar para las mismas.

Que este Observatorio Nacional Permanente se desarrolla en el marco del PLAN FEDERAL DE SALUD y en coordinacion con otros programas nacionales de fortalecimiento del Recurso Humano en Salud, tales como el Programa de Salud Social y Comunitaria, Programa Federal de Capacitacion Continua “Integrar Equipos de Salud”, y el Sistema Nacional de Acreditacion de Residencias del Equipo de Salud, la Comision Nacional de Profesiones de Grado Universitario y la Comision Interministerial de Tecnicaturas en Salud, el curso de Uso Racional de Medicamentos, entre otros.

Que la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION propicia la implementacion del OBSERVATORIO NACIONAL PERMANENTE DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervencion de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por la “Ley de Ministerios T.O. 1992”, modificada por Ley Nº 25.233.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE

Articulo 1º — Implementase el funcionamiento del OBSERVATORIO NACIONAL PERMANENTE DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD en el ambito de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION.

Art. 2º — El citado Observatorio Nacional tendra por finalidad:

a. Desarrollar bases de datos de alcance federal sobre matriculas de profesionales, tecnicos de salud y auxiliares.

b. Desarrollar bases de datos de la legislacion vigente nacional y provincial relativa a los Recursos Humanos de Salud, con vistas a realizar un analisis sobre legislacion comparada.

c. Desarrollar bases de datos sobre la oferta educativa en todos sus niveles (Auxiliar, Tecnico, Profesional, Universitario) y los egresados de dichas instituciones.

d. Desarrollar bases de datos sobre titulos de tecnicos, profesionales y especialistas de Salud otorgados en las distintas jurisdicciones, sus incumbencias, duracion de la carrera y equivalencias.

e. Desarrollar bases de datos sobre formacion de posgrado y residencias de salud ofrecidas tanto en el ambito nacional como provincial.

f. Implementar un Centro de Documentacion sobre Recursos Humanos en Salud con la finalidad de integrar investigaciones referentes al tema, divulgar trabajos cientificos y estimular el estudio de la problematica de los Recursos Humanos en Salud.

g. Disponer herramientas de analisis, estadisticas y toda informacion pertinente que permita desarrollar politicas y estrategias de accion en el ambito de los recursos humanos de salud.


Art. 3º — El OBSERVATORIO NACIONAL PERMANENTE DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD estara presidido por la Titular de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, quedando su coordinacion a cargo del Titular de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD.

Art. 4º — Seran funciones de dicha coordinacion:

a. Actualizar periodicamente la base de datos del Observatorio en coordinacion con las jurisdicciones provinciales y otras fuentes de datos, dando intervencion al COFESA.

b. Proveer la informacion para su difusion en la pagina web del MINISTERIO DE SALUD.

c. Incorporar toda otra informacion que se considera pertinente y que cuente con la aprobacion de las autoridades ministeriales.

d. Promover el desarrollo de observatorios en las jurisdicciones provinciales y la conformacion de red federal que responda a los requerimientos del CONSEJO FEDERAL DE SALUD (COFESA).

e. Coordinar la informacion del Observatorio con otros sistemas de informacion existentes en el MINISTERIO DE SALUD.


Art. 4º — Instruyese a la DIRECCION DE INFORMATICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION a brindar el apoyo necesario para la concrecion de este proyecto.

Art. 5º — Registrese, comuniquese, publiquese, dese a la Direccion Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archivese.

Gines M. Gonzalez Garcia.

Fuente: Boletin Oficial de la Republica Argentina.

Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas.

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