jueves, noviembre 29, 2007

Sistema de Historias Clinicas Digitales en la Prov. de Buenos Aires, Argentina.

Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas.

Iniciativa del Diputado Gurzi: crear Sistema de Historias Clinicas Digitales en la Provincia de Buenos Aires, Argentina

La iniciativa apunta a crear una base de datos disponible para la red de los hospitales y clinicas.
Las historias deberan estar autenticadas por firma digital, la cual es expedida por el Estado a los profesionales a traves de un codigo encriptado.

En la Legislatura bonaerense se encuentra en estudio un proyecto que preve extender la tecnologia de gestion de la firma de digital al sistema de salud, instrumentando un sistema de Historias Clinicas Digitales (HCD), para optimizar el seguimiento de pacientes a traves de la red de hospitales y clinicas, con una base de datos que garantice veracidad e inviolabilidad de los estudios por firma digital –expedida por el Estado con un codigo encriptado a los medicos-, y la privacidad de los diagnosticos a los pacientes.

El proyecto de ley es impulsado por el diputado provincial del Frente para la Victoria, Daniel Gurzi, y preve “garantizar el acceso de los pacientes a la informacion contenida en las HCD por medio de consultas electronicas o presenciales por los pacientes o facultativos debidamente autorizados por los mismos”, a la vez que el Estado debera velar por “la confidencialidad y suficiente proteccion de los datos personales y clinicos de cada paciente” en el nuevo sistema tendiente a “mejorar la eficiencia del sistema de salud en su conjunto”.

La propuesta define a la Historia Clinica Digital como el “conjunto de datos clinicos, catastrales y socio economicos referidos a la salud de una persona, inclusivos de sus antecedentes familiares de enfermedades, composicion del grupo familiar y habitos del mismo, entre otros, procesados y sistematizados usando medios informaticos e incorporados por los Efectores –hospitales y clinicas- a bases de datos relacionales y disponibles para su consulta mediante redes electronicas de informacion de uso publico existentes o nuevas y autorizadas o licenciadas por la Secretaria de Comunicaciones”, segun consigna la propuesta. Para que una historia clinica sea considerada valida dentro de la red, debera estar “debidamente autentificada por una o mas firmas digitales aplicadas mediante claves u otras tecnicas de seguras de encriptacion, conforme los procedimientos previstos en la Ley de Firma Digital Nº 25.506”, preciso Gurzi.

De hecho, la informacion contenida en la historia clinica electronica no podra ser alterada sin que quede registrada la modificacion de que se trate, aun en el caso de que ella tuviera por objeto subsanar un error. Una vez validado, ningun dato de la historia clinica electronica podra ser eliminado y en caso de ser necesario su correccion, se agregara el nuevo dato con la fecha, hora y contraseña (LOGIN) del que hizo la correccion, sin suprimir lo corregido.

En lo que hace al principio de veracidad de las historias clinicas digitales, exige “incluir en ella todos los procedimientos, sean diagnosticos o terapeuticos, que se indiquen al paciente, incluyendo la semiologia realizada, la evolucion del caso y todo otro dato referencial o grafico que permita conocer la situacion real del mismo”.

Del mismo modo, el principio de confidencialidad de los datos obliga a medicos y especialistas “a tratar los datos relativos a la salud de la persona con la mas absoluta reserva”, y accesibles para la consulta del paciente aunque resguardando tecnicamente la inviolabilidad de los registros.

Fuente:
http://www.danielgurzi.com.ar/index.php

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