miércoles, agosto 04, 2010

El Senado bonaerense aprobo una ley para los enfermos terminales.

(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)

Da la posibilidad de rechazar la atencion medica y tambien lugares de internacion.

La Plata, (Argentina).- Con la sancion ayer en el Senado bonaerense de una Ley de Autoproteccion, los enfermos terminales residentes en la Provincia podran anticipar –a traves de una Registro privado– que tipo de tratamientos medicos quieren recibir, los lugares de internacion y la administracion de sus bienes. Tambien incluye la posibilidad de negarse a recibir un tratamiento.


Para ello, el paciente debera expresar su voluntad ante un notario, encargado de ingresar esa manifestacion personal en el registro. Esta ley provincial va en el mismo sentido que la nacional, aprobada en octubre del año pasado.

El procedimiento abre una instancia novedosa, porque hasta hace poco un enfermo en estas condiciones podia expresarse sobre la asistencia que esperaba recibir en situaciones terminales, pero cuando aparece una colision con la ciencia su postura podia ser revista por los medicos a cargo del tratamiento.

La norma preve la anticipacion del consentimiento o rechazo a cualquier tratamiento medico especifico aplicable a su enfermedad terminal. Tambien, la eleccion del administrador de sus bienes y el posible lugar de internacion (geriatricos, psiquiatricos, clinicas o centro de salud).

En los fundamentos del proyecto finalmente aprobado, el diputado Abel Buil (GEN) –autor de la iniciativa– sostiene que “hay ciertas cuestiones esenciales como el cuidado de la propia vida y de su patrimonio”. “Sobre ellos –explica el legislador– la persona tiene derecho a disponer y decidir libremente, sin intervencion de terceros, aun cuando se trate de parientes o de seres queridos”.

La prevision anticipada resulta de una eventual perdida de la capacidad natural o “la concurrencia de circunstancias clinicas” que le impidan expresar su voluntad en el futuro, en referencia a su existencia y su cuidado personal.

“A lo mejor, el enfermo esta pidiendo que no lo pongan en terapia intensiva”, fue el ejemplo aportado por Buil.

- ¿Como funcionara el registro?

Estara a cargo de un notario, es reservado, y solo podra ser consultado por el titular, por el juez competente o eventualmente por las personas habilitadas por el otorgante para solicitarlo, por escritura publica.

“Los actos de autoproteccion pueden ocuparse desde cuestiones de estilos de vida, de deseos, hasta instrucciones para los ultimos dias, para la ultima enfermedad”, establece el fundamento de la ley.
Buil menciono en su argumentacion que “se puede acudir a la experiencia diaria en la intervencion de las Asesorias de Incapaces en los procesos de insanas, inhabilitaciones y cuartelas, en la que se puede apreciar con claridad que, en vastas ocasiones, no se respetan los derechos y deseos de las personas a tutelar”.

La ley sancionada ahora debe ser reglamentada por el Ejecutivo y publicada, para entrar en vigencia.

Fuente: Nuestra Redaccion.

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