martes, enero 05, 2016

Ley 27232 establecese Nomenclador Bioquimico Unico.

(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)
Ley 27232 establecese Nomenclador Bioquimico Unico.

Establecese el Nomenclador Bioquimico Unico, integrado por las practicas bioquimicas que se enumeran en el anexo que forma parte de la presente ley, el que sera de aplicacion obligatoria en todo el territorio nacional para el sector publico, privado y de la seguridad social.
Crease en el ambito de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nacion la Comision Asesora para la Evaluacion y Actualizacion del Nomenclador Bioquimico Unico, que estara integrada en forma ad honorem por dos (2) representantes de la Superintendencia de Servicios de Salud, dos (2) representantes de la Confederacion Unificada Bioquimica de la Republica Argentina, un (1) representante de las Obras Sociales regidas por la ley 23.660 y 23.661 y un (1) representante de las empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones regidas por la ley 26.682.
La Comision Asesora para la evaluacion y actualizacion del nomenclador bioquimico unico dictara su reglamento de funcionamiento.
Texto completo  de la ley:

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