(Los acentos fueron
obviados por cuestiones tecnicas)
La Ley Nº 26.688 (*), que declara de interes
nacional la investigacion y produccion publica de medicamentos -PPM-,
materias primas para la produccion de medicamentos, vacunas y
productos medicos ha sido reglamentada recientemente
-Decreto 1087/2014; B..O. del 21-07-14 (**)-. La Ley habia
sido promulgada tres años antes, el 29-07-11.
En los considerandos del Decreto reglamentario dice: “Que, en
tal sentido, corresponde en esta instancia dictar las normas
reglamentarias necesarias que permitan la inmediata puesta
en funcionamiento de las previsiones contenidas en la
citada Ley”.
Por lo tanto, el Ministerio de Salud, como autoridad de
aplicacion de la ley, ahora debera abocarse en forma
inmediata a implementarla en todo su potencial para la
concrecion de los objetivos definidos (PPM, vacunas, productos
medicos, investigacion, interaccion con universidades y organismos
de CyT, centralizacion de compras por los laboratorios, etc.)
Por el momento solo podemos decir que el tema esta incluido en el
marco de noticias, dentro de la solapa del programa Remediar +
Redes:
http://www.remediar.gov.ar/index.php/noticias/1255-se-reglamento-la-ley-de-produccion-publica-de-medicamentos
.
Pero, debido a la importancia estrategica del tema, esperamos que
en el corto plazo se abra un espacio en la web del Ministerio
de Salud para ver la dinamica de las medidas que se vayan
adoptando en funcion de ejecutar lo que explicitamente define el
Decreto reglamentario, firmado por la Presidenta de la Nacion.
(**)
Decreto reglamentario ver en Boletin Oficial:
http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/index.castle?s=1&fea=21/07/2014
y luego entrar en la
solapa: Salud Publica -
Decreto 1087/ 2014 - Ley 26.688 - Reglamentacion.
Fuente: Grupo de Gestion de Politicas de Estado en Ciencia y
Tecnologia
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