(Los acentos fueron
obviados por cuestiones tecnicas)
Gestion
interna de residuos en establecimientos de atencion
de la salud.
Resol. Ministerio de Salud 1792/2014 - Apruebanse las directrices
sanitarias para la señalizacion de la gestion interna de residuos
en establecimientos de atencion de la salud.
CONSIDERANDO:
Que la
adecuada gestion de los residuos debe formar parte inescindible de
la gestion integral de los Establecimientos de Atencion de la
Salud porque sus diferentes caracteristicas de peligrosidad, como
la infecciosidad, inflamabilidad, corrosividad y toxicidad,
constituyen un factor de riesgo para la salud de los trabajadores,
pacientes y acompañantes que los recorren cotidianamente.
Que,
sin embargo, se puede observar una significativa heterogeneidad a
lo largo y ancho del pais en la forma e importancia que estos
establecimientos dan a la gran mayoria de los aspectos de la
gestion de los residuos.
Que la
eficiencia en la segregacion de residuos infecciosos tiene todavia
un significativo margen para mejorar en muchos establecimientos
donde se mezclan con los no infecciosos, y no es rara la
disposicion inapropiada de residuos medicos, quimioterapeuticos y
restos organicos.
Que
desde el dictado de la Ley Nº 24.051 (de Residuos Peligrosos) y su
Decreto Reglamentario Nº 831/93, y en virtud de lo establecido en
el articulo 19 de la misma, el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION ha
asumido una responsabilidad especial en todo lo concerniente a la
gestion de estos residuos.
Que,
en funcion de su capacidad rectora, el MINISTERIO DE SALUD DE LA
NACION esta en condiciones de contribuir a promover un sistema
adecuado de gestion de los residuos producidos por los
establecimientos de atencion de la salud.
Que en
virtud de ello, y con el soporte tecnico y liderazgo del
DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL, se han dictado oportunamente las
Resoluciones Nº 394 del 19 de diciembre de 1994 de la
Ex-SECRETARIA DE SALUD y Nº 134 del 15 de diciembre de 1998 de la
Ex-SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS y Nº 355 del 7 de mayo de
1999 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL que obran
como criterios nacionales de referencia en esta tematica.
Que a
fin de consolidar esa rectoria el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION,
a traves de la Resolucion Ministerial Nº 553 del 26 de octubre de
2009, se integro al proyecto internacional DEMOSTRACION Y
PROMOCION DE LAS MEJORES TECNICAS Y PRACTICAS PARA LA REDUCCION DE
DESECHOS GENERADOS POR LA ATENCION DE LA SALUD A FIN DE PREVENIR
EMISIONES DE DIOXINAS Y MERCURIO AL MEDIOAMBIENTE del Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con financiacion
del Fondo Ambiental Global (GEF), con el objetivo de desarrollar y
ensayar en terreno buenas practicas de gestion que pudieran servir
como modelo para toda la region.
Que en
otros ambitos de actividad, como el transporte de sustancias
peligrosas, el establecimiento de criterios estandarizados de
señalizacion se ha revelado como una herramienta eficaz para
reducir el margen de riesgos para los operadores y la comunidad.
Que,
sin embargo, este aspecto es practicamente ignorado por las
diversas normas nacionales y provinciales que regulan el
funcionamiento de los Establecimientos de Atencion de la Salud.
Que es
conveniente alentar la homogeneizacion de los criterios empleados
en el pais y promover el establecimiento de principios compartidos
por las provincias y municipalidades para orientar un cambio
radical de la actual gestion de los residuos.
Que
una adecuada señalizacion contribuira en la construccion de
entornos saludables no solo para el personal de los
Establecimientos de Atencion de la Salud en general, sino tambien,
y especialmente, para los operadores internos de los residuos, no
pocas veces en responsabilidad de servicios tercerizados, y para
el publico que asiste a los mismos, necesariamente menos
familiarizado con las buenas practicas de gestion.
Que la
existencia de acuerdos sobre el tema en el campo de la adhesion
voluntaria, como la Norma IRAM 1005, cuyo objeto fundamental es
establecer los colores de seguridad y las formas y colores de las
señales de seguridad a emplear para identificar lugares, objetos o
situaciones que puedan provocar accidentes u originar riesgos a la
salud, se ha revelado insuficiente para instalar el cambio
deseado.
Que la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA NACION ha
presentado una Guia de Señaletica para la Gestion de Residuos en
Establecimientos de Salud sentando las bases para el ordenamiento
del tema.
Que es
conveniente unificar criterios y emplear los codigos de colores y
de señales de seguridad internacionalmente aceptados, para atraer
la atencion sobre lugares, objetos o situaciones que puedan
provocar accidentes u originar riesgos a la salud, asi como
indicar la ubicacion de dispositivos o equipos que tengan
importancia desde el punto de vista de la seguridad.
Que un
beneficio complementario de la promocion de las buenas practicas
de gestion de residuos sanitarios es la mejora en los sistemas de
provision de salud, y con ello apoyar las condiciones previas para
lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Que el
presente acto ha sido propiciado por la DIRECCION NACIONAL DE
DETERMINANTES DE LA SALUD E INVESTIGACION, que en virtud de lo
establecido por el Decreto Nº 1343/07 es responsable, entre otras,
de “la prevencion de riesgos vinculados a la salud ambiental”.
Que la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervencion
de su competencia.
Por
ello,
EL
MINISTRO DE SALUD
Resuelve:
ARTICULO 1° — Apruebanse las DIRECTRICES SANITARIAS PARA LA
SEÑALIZACION DE LA GESTION INTERNA DE RESIDUOS EN ESTABLECIMIENTOS
DE ATENCION DE LA SALUD, que se detallan en el ANEXO I que forma
parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — En un plazo no mayor de CIENTO OCHENTA (180) dias
los Establecimientos de Atencion de la Salud dependientes de y/o
financiados por este Ministerio deberan ajustar su señaletica
interna al definido por las presentes DIRECTRICES.
ARTICULO 3° — Invitase a las provincias a adherir a las
Directrices que se aprueban por la presente resolucion.
ARTICULO 4° — Comuniquese, publiquese, dese a la Direccion
Nacional del Registro Oficial y archivese. — Dr. JUAN LUIS MANZUR,
Ministerio de Salud.
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