miércoles, febrero 26, 2025

Derechos del Paciente



Marco Legal y Normativo

A lo largo de la historia, diversos documentos y declaraciones han establecido los derechos de los pacientes. Algunos de los más relevantes incluyen:

- Declaración de los Derechos del Paciente (A.N.H., 1973): Establece el derecho al cuidado, información, consentimiento, intimidad, confidencialidad, discreción y derivación fundada.

- Carta del Enfermo Usuario del Hospital (C.H.C.E.E.): Reafirma el derecho al cuidado, la retractación del consentimiento informado y el respeto a las convicciones religiosas.

- Declaración de Lisboa de los Derechos de los Pacientes (1981): Incluye el derecho a un médico libre de decidir, a morir con dignidad y a reclamar y obtener respuesta.

- Carta de Derechos y Deberes del Paciente (España, 1984): Garantiza el derecho a la atención sanitaria integral, el respeto a la personalidad y dignidad, la no discriminación y la libre determinación.


El Derecho a la Salud en la Constitución

El derecho a la salud está profundamente arraigado en nuestra Constitución. Desde la reforma de 1957, que incorporó el artículo 14 bis, hasta la reforma de 1994, que amplió los derechos sociales, económicos y culturales, el Estado ha asumido la responsabilidad de garantizar el acceso a la salud para todos los ciudadanos.

- Artículo 14 bis (Constitución Nacional): Establece que "el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; [...] protección contra el despido arbitrario; [...] y la seguridad social, que otorgará prestaciones integrales e irrenunciables".

- Artículo 41 (Constitución Nacional): Reconoce el derecho a un ambiente sano y equilibrado, y establece que las autoridades deben proveer a la protección de este derecho.

- Artículo 42 (Constitución Nacional): Garantiza los derechos de los consumidores y usuarios, incluyendo la protección de su salud.

Además, la Constitución de Córdoba (artículos 4, 19 y 59) y la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículos 20 y 21) también refuerzan estos derechos, estableciendo que la salud es un derecho fundamental y que el Estado debe garantizar su acceso de manera equitativa.

Instrumentos Internacionales

A nivel internacional, diversos tratados y convenciones han reconocido el derecho a la salud como un derecho humano fundamental. Entre ellos destacan:

- Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículos 3 y 25.1):

- Artículo 3: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona".

- Artículo 25.1: "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios".

- Convención Americana sobre los Derechos Humanos (artículos 4, 5 y 11):

- Artículo 4: "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida".

- Artículo 5: "Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral".

- Artículo 11: "Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad".

- Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (artículo 12):

- Artículo 12: "Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia".

- Convención sobre los Derechos del Niño (artículos 23, 24, 25 y 27):

- Artículo 24: "Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud".

- Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 12):

- Artículo 12: "Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel pos ible de salud física y mental".

Conclusión

Los derechos de los pacientes son un pilar fundamental en la práctica médica y en nuestra labor como auditores. Debemos recordar que detrás de cada expediente, cada procedimiento y cada costo, hay una persona que confía en nosotros para recibir la mejor atención posible.

Fuente: Auditorìa en Salud

No hay comentarios.: