La
COMISIÓN ASESORA TÉCNICA DE COMPRA CONJUNTA DE MEDICAMENTOS E INSUMOS pone de
manifiesto que, tal como figura en la Resolución de referencia y en su Anexo, a
partir del 2 de Mayo se excluyen del Sistema Único de Reintegros los tratamientos
de profilaxis de hemofilia A severa que utilicen la medicación Factor VIII en
frascos de 500UI y 1000UI, como asimismo los tratamientos de
inmunotolerancia que también utilicen la medicación Factor VIII en frascos de
500UI y 1000UI.
Los
casos que el médico tratante prescriba frascos de 1500UI de Factor VIII están
contemplados dentro de la provisión que realizará el Ministerio de Salud y serán
cubiertos con el stock de frascos disponibles de 500UI y/o de 1000UI.
Se
recuerda que, para los restantes tratamientos de la hemofilia, continúan
vigentes las Resoluciones Nº400/16 y Nº46/17 en virtud de lo cual es procedente
la solicitud de reintegro por dicho mecanismo.
Ante
cualquier consulta o duda sobre los alcances de la Resolución Nº RESOL-2018-262-APN-SSS#MS
se ruega contactarse al mail: comisionhemofilia@sssalud.gob.ar
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