COMUNICADO DE PRENSA
Postura del Foro Nacional de
Instituciones Médicas respecto al proyecto de ley de interrupción voluntaria
del embarazo
El Foro Nacional de Instituciones
Médicas está constituido por la Confederación Médica de la República
Argentina (COMRA), el
Consejo Federal de Entidades Médicas Colegiadas (CONFEMECO), la Asociación
de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires (AMM), la Federación Médica del Conurbano (FEMECON), la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Prov. de Bs
As (CPSM), el Colegio de Médicos de la
Prov. de Bs. As. (CMPBA), la Federación
Médica de la Capital Federal (FEMECA), la
Federación Médica de la Prov. de Bs As (FEMEBA) y
el Foro de Entidades Médicas del Noroeste (FOREMENOA).
En un encuentro que se realizó
el pasado 12 de julio en la sede de la Confederación Médica de la
República Argentina (COMRA), las entidades integrantes del Foro Nacional de Instituciones Médicas impulsaron el debate en torno al Proyecto
de Ley de Interrupción Voluntaria del
Embarazo, que cuenta con
media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación, y entre los principales
puntos de análisis, manifestaron:
En primera medida, la interrupción
voluntaria del embarazo no debe analizarse como un tema aislado, sino en
un contexto pleno de políticas de Salud Sexual y Reproductiva que
comprenda, entre otros: la educación para la prevención, la anticoncepción, los
derechos de la mujer inherentes al embarazo, parto y puerperio, las
enfermedades no transmisibles y transmisibles vinculadas a la sexualidad, y la
reproducción asistida.
Existen algunas objeciones y
consideraciones que creemos pertinentes darlas a conocer desde nuestra visión
institucional en representación de los médicos. A saber:
·
Imponer
a los médicos registrarse previamente como objetores de conciencia constituye
una carga discriminatoria, tanto para quienes se registran, como para quienes
no lo hacen, pues esta decisión repercutirá inexorablemente en sus carreras
profesionales y en su actividad diaria. La práctica de la medicina enseña que
la actividad no se resume a blanco o negro, sino que las acciones están teñidas
de grises, como, por ejemplo, cuando para proteger la salud de una madre es
necesario practicar un aborto. En esa situación el médico que se registró como
objetor puede tener la necesidad de realizar el aborto para salvar al menos una
vida. Podemos
optar por hacer o no un aborto, lo que no podemos aceptar es ser obligados a
hacerlo. Va en contra de la esencia de nuestra profesión. A veces lo legal
se contrapone con lo ético, motivo por el cual los médicos nos oponemos a la
creación de un registro de profesionales objetores de conciencia.
·
Penalizar
con prisión al “profesional que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se
negare a practicar un aborto”, tendrá en la práctica
consecuencias factibles, como por ejemplo, que la mayoría de los
médicos terminen registrándose como objetores de conciencia para evitar
las consecuencias penales. Por el contrario, los que apoyen la ley y no
adhieran a la citada excepción, son los que pueden ir presos, o en el mejor de
los casos, expuestos a un proceso penal. Incorporar esta pena como artículo 85
bis del Código Penal es una gran injusticia y una profunda contradicción en la
ley, es decir, que se sancione a quienes la apoyan y se exculpe a los que se
oponen.
·
El artículo 11 del proyecto de
ley consagra el “derecho a acceder a la
interrupción voluntaria del embarazo en el sistema de salud en un plazo máximo
de cinco días corridos desde su requerimiento”. En
este punto, debemos decir que la mayoría de los establecimientos del país no
están preparados para esto, en especial los del sector público, que se encuentran
colapsados por sobrecarga de trabajo e insuficiencia de medios. Garantizar
este derecho en cinco días corridos puede lograrse en un futuro lejano, pero de
ninguna manera al día siguiente de la promulgación de la ley. Suponer lo
contrario es no conocer el actual sistema de salud argentino.
·
Cabe
destacar, que más allá de las dificultades operativas que tienen los
establecimientos de salud, los médicos que trabajan en esos establecimientos no
hacen lo que quieren, si no lo que pueden, y exponerlos a un proceso penal por
no cumplir con lo que no pueden, es un exceso. Como primera medida, se
deberían adecuar el sistema y los establecimientos antes de la promulgación de la ley, tal cual
se ha hecho en otros países, alguno limítrofe.
·
Para finalizar esta declaración, debemos expresar nuestra preocupación por el
impacto de esta ley sobre el funcionamiento del sistema de salud y por la
discriminación y cargas injustas sobre el trabajo de los médicos. Este proyecto
pensado para despenalizar a las mujeres y legalizar el aborto en la Argentina,
termina penalizando a los médicos, y obligándolos a realizarlo bajo
amenaza de prisión.
Luego de un intenso
debate basado en los aportes y la construcción colectiva, las principales
instituciones médicas del sector salud, acordaron un documento consensuado,
que se adjunta a continuación.
Para más información por favor
contactar:
Dr. Jorge Coronel, Presidente de la
Confederación Médica de la República Argentina (COMRA): Cel: 0387-156053532 / jorgecoronel08@gmail.com
Confederación Médica de la República
Argentina
Tel.: 11 43 83 84 14 Lineas Rotativas
Av. Belgrano 1235 (C1093AAA) · Buenos
Aires · Argentina
www.comra.org.ar
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