jueves, diciembre 10, 2020

Ley de parto respetado y atención perinatal

Establece los derechos de las gestantes y de sus hijos y la obligación de los médicos de informar con claridad los tratamientos o intervenciones propuestas. Exigen claridad en los textos oficiales.


La Legislatura sancionó la ley que regula los mecanismos y “las condiciones necesarias para asegurar el parto respetado con el fin de garantizar los derechos de las personas gestantes, antes, durante y después del parto al igual que un nacimiento digno de las personas recién nacidas en el marco de la ley nacional Nro. 25.929 y el Decreto reglamentario 2035/15”.

Fue una iniciativa de las diputadas Inés Gorbea y Manuela Thourte (UCR), tratada y despachada en la comisión de Mujer e Infancia, que preside Laura Velasco (FdT). La normativa es de aplicación en el sector público de la salud y “se invita a adherir a los subsectores privado y de seguridad social”.

Parto respetado es aquel que garantiza el respeto de las decisiones de las personas gestantes en relación a cómo, con quién y en donde parir, y el acompañamiento necesario para la toma de decisiones autónomas, seguras e informadas antes, durante y después del parto, incluso en el periodo de puerperio, explica la ley sancionada este jueves.

También se hace referencia al “respeto del cuerpo y del transcurrir fisiológico del parto, expresado en un trato digno, en atención adecuada en tiempo y forma, sin intervenciones y/o medicalizaciones innecesarias, a no ser por pedido expreso de la persona gestante, y sin patologización del proceso reproductivo”.

La gestante debe ser “informada por el equipo de salud, de forma clara y entendible”, a fin de que “pueda optar libremente” sobre tratamientos o intervenciones médicas.

El respeto debido debe garantizar “la intimidad durante todo el proceso asistencial” y tener en consideración las pautas culturales de la paciente.

Rige el derecho “al parto natural, respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud tanto de la persona gestante o como de la persona por nacer”.

La gestante deberá ser partícipe de las decisiones sobre su hijo/a y no podrá ser “sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación y docencia, salvo consentimiento manifestado por escrito luego de que se hayan explicado las implicancias de dichos procedimientos”.

También se establecen los derechos a “estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y postparto”; a “tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario” y a tener “un Plan de Parto, entendiendo por éste al conjunto de decisiones basadas en el intercambio de información colaborativa entre el/la médico/a y/o el/la profesional de la obstetricia, la persona gestante y su familia”.

Lenguaje claro y comprensible

Con despacho de la Junta de Interpretación y Reglamento y de la Comisión de Comunicación Social (Leandro Halperín - UCR), se aprobó un proyecto de la diputada Thourte para “promover el uso de un lenguaje claro en los actos y documentos del sector público de la Ciudad”.

Se prescribe “el estilo de redacción clara y directa (…), expresiones sencillas, párrafos breves y sin tecnicismos innecesarios”. Queda exceptuado el uso de lenguaje de especialidades o términos técnicos cuando sea necesario y el documento lo requiera.

Desde el FdT, la diputada Laura Velasco lamentó que en la comisión que trató la iniciativa no se hayan tomado en cuenta lo que se denomina “lenguaje inclusivo”.

Fuente: Legislatura CABA

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