miércoles, enero 30, 2013

Primeros servicios de ambulancias del mundo.


(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)

Esta ambulancia adaptada en una bicicleta servia para desplazar a los enfermos en los improvisados hospitales de la ciudad e Londres.
Aun asi la historia de la ambulancia comenzo en tiempos mas antiguos, cuando se empleaban carros tirados por caballos para transportar a la fuerza a los pacientes de lepra o enfermos mentales. De las primeras que se tiene constancia datan del siglo IX y eran unas hamacas tiradas por caballos ideadas por los ingleses, aunque lo ormandos ambien emplearon el mismo sistema en el siglo XI durante la batalla de Hastings.
Las ambulancias fueron usadas por primera vez como transporte de emergencia por los españoles en 1487 (durante la dinastia de Isabel I de Castilla). Otro de los cambios importantes se establecio en tiempos de Napoleon, cuando las ambulancias empezaron a asistir a los enfermos en los campos de batalla aunque no hubiesen cesado los ataques belicos. Estos dispositivos se denominaron “ambulance volantes” y asistian a los enfermos en los campos de batalla antes de llevarselos en carros tirados por caballos.
Otra modificacion a tener en cuenta fue el primer sistema civil de transporte de enfermos de colera en Londres (año 1832), que curaba a los pacientes desde el mismo momento de recogerlos. Los avances en la tecnologia a lo largo del siglo XIX y XX permitieron a las actuales ambulancias poseer la gran autonomia de la que disfrutan hoy en dia.


Fuente: Blogdisea

Directorio de aplicaciones moviles sobre salud.

(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)




La creciente cantidad de aplicaciones para smartphones (APP) con caracter sanitario (o pseudosanitario) nos obliga a por lo menos, conocer un listado de ellas que tenga algun tipo de aval y nos de un cierto grado de seguridad y confianza tanto para nuestro uso profesional como para recomendarselas a los pacientes.
Evidentemente hay cientos de listados y rankins y en las ultimas semanas el tema ha estado candente dada la falta de legislacion y regulacion. ¿Como sabemos que una APP es buena y confiable? ¿Quien me dice a mi que puedo dejar la gestion de ciertos de datos en manos de ciertas APP?… Hay varios ejemplos de aplicaciones que nos han alarmado por que disfrazadas de tecnicas diagnosticas, escondian una APP sin rigor y por ende peligrosa en su aplicacion.
El “Directorio europeo de las aplicaciones para movil (APPS) de salud 2012-2013″ (European Directory of Health APPS 2012-2013), publicado por la organizacion independiente britanica Patient View, ha surgido con el fin de organizar el mercado actual de aplicaciones medicas moviles e incluye las APPS de salud mas conocidas en la Union Europea (UE). Este directorio contiene aplicaciones de salud recomendadas por asociaciones de pacientes y esta dirigido a pacientes. A mi me ha llamado la atencion la inclusion de ciertas APP ludicas (Angry Birds) que han sido recomendadas para combatir el estres, exactamente refieren “It is a genius app, addictive in a healthy sense, and providing quality ‘mindfulness’ (in the current jargon). Very absorbing. Great for anxiety, in particular, but also for depression.”.
Este tipo de recomendaciones (que no digo que esten mal, solo digo que son meras opiniones sin base) , me hacen seguir apostando por el criterio del profesional a la hora de recomendar las APP, y sobre todo me indica que es urgente la regulacion de este mercado de elementos potencialmente muy beneficiosos… o terriblemente dañinos.
De momento esto es lo que hay.
Por Azucena Santillan

Fuente: Enfermeria basada en la evidencia

martes, enero 29, 2013

Trazabilidad: se incorporan mas especialidades medicinales.


(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)



MINISTERIO DE SALUD DE ARGENTINA
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Disposicion Nº  247/2013
Bs. As., 15/1/2013
VISTO la Ley Nº 16.463, los Decretos Nº 150/92 y sus modificatorios y complementarios, Nº 1490/92 y Nº 1299/97, las Resoluciones (ex MSyAS) Nº 538/98 y (M.S.) Nº  435/2011, y las Disposiciones ANMAT Nº 7439/99, Nº 3475/05, Nº 3683/11 y Nº 1831/2012; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolucion Nº  435/2011 el Ministerio de Salud de la Nacion ha establecido el Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos.
Que el Sistema de Trazabilidad establecido en dicha norma consiste en la identificacion individual y univoca de cada una de las especialidades medicinales a ser comercializadas y el registro por parte de todos los eslabones de la cadena de suministro, conociendo todos los movimientos logisticos asociados a cada una de las unidades.
Que de conformidad con el articulo 1° de la Resolucion (MS) Nº 435/11, “...las personas fisicas o juridicas que intervengan en la cadena de comercializacion, distribucion y dispensacion de especialidades medicinales, incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT) deberan implementar un sistema de trazabilidad que permita asegurar el control y seguimiento de las mismas, desde la produccion o importacion del producto hasta su adquisicion por parte del usuario o paciente, y que ademas permita brindar toda otra informacion suministrada en la actualidad por el sistema de troquel para que en forma inmediata asegure su reemplazo”.
Que de conformidad con la Resolucion (MS) Nº  435/2011, corresponde considerar un esquema gradual de implementacion de la trazabilidad de las especialidades medicinales, teniendo en cuenta la disponibilidad de medios y sistemas tecnologicos, manteniendo las condiciones de accesibilidad de las mismas para la poblacion.
Que de conformidad con el articulo 3° de la Resolucion (MS) Nº 435/11, la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT) es autoridad de aplicacion de la misma, con facultades para dictar las normas modificatorias, aclaratorias e interpretativas que estime oportunas para el mejor desenvolvimiento del aludido sistema.
Que asimismo corresponde a la ANMAT definir, entre otros aspectos, un cronograma de aplicacion gradual del aludido sistema, en funcion del grado de criticidad y distintas categorias de medicamentos, procurando que las medidas a implementar no perjudiquen el acceso a los mismos por parte de la poblacion.
Que por la Disposicion Nº  3683/2011, esta Administracion regulo la primera etapa de implementacion del Sistema Nacional de Trazabilidad, estableciendo los lineamientos tecnicos generales del Sistema y su Base de datos, las caracteristicas y modalidades del codigo univoco y el primer grupo de productos alcanzado.
Que asimismo, por la Disposicion Nº 1831/2012 se avanzo en la implementacion del Sistema Nacional de Trazabilidad, ampliando el espectro de productos alcanzados.
Que la Secretaria de Programacion para la Prevencion de la Drogadiccion y la Lucha contra el Narcotrafico (SEDRONAR) se encuentra abocada al diseño de estrategias y acciones que ayuden a contrarrestar el uso problematico de sustancias psicotropicas con alcohol, fundamentalmente en la poblacion juvenil.
Que en este contexto, ha expresado que la incorporacion de determinadas sustancias controladas al Sistema Nacional de Trazabilidad permitiria mitigar la problematica referida, por lo que seria de mucha importancia para dicha Secretaria.
Que habiendose cumplido ya una primera etapa de implementacion del Sistema Nacional de Trazabilidad con resultados mas que favorables, resulta imprescindible continuar con el proceso gradual de implementacion de la trazabilidad, alcanzando a mas especialidades medicinales, de acuerdo con el criterio establecido en el articulo 3° de la Resolucion (MS) Nº  435/2011.
Que el Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos y Productos Medicos y la Direccion de Asuntos Juridicos han tomado la intervencion de su competencia.
Que se actua en uso de las facultades acordadas por los Decretos Nros. 1490/92 y 425/10, y por el articulo 3° de la Resolucion (MS) Nº  435/2011.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1° — Incorporanse al Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos implementado por la Resolucion (Ministerio de Salud) Nº  435/2011, a partir del dia 15 de junio de 2013, todas aquellas especialidades medicinales, ya registradas o que en el futuro se registren, que contengan en su composicion los ingredientes farmaceuticos activos (IFA’s) incluidos en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente, sea como monodroga o en asociacion con cualquier otro u otros IFA’s, en todas sus formas farmaceuticas.
ARTICULO 2° — De conformidad con lo dispuesto en el articulo anterior, establecese que los distintos eslabones involucrados en la cadena de distribucion y dispensa de tales especialidades medicinales deberan cumplir en un todo con los requerimientos y exigencias tecnicas previstos en las Disposiciones (ANMAT) Nº 3683/11 y Nº 1831/12.
ARTICULO 3° — Invitase a los Gobiernos de las Provincias en el marco de las Actas Acuerdo oportunamente celebradas con esta Administracion, a adherir a la presente disposicion para su aplicacion a la distribucion y dispensacion de medicamentos que se efectuen en jurisdiccion de sus respectivos territorios.
ARTICULO 4° — La presente Disposicion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion en el Boletin Oficial.
ARTICULO 5° — Registrese; comuniquese a los Ministerios de Salud Provinciales, a las Camaras y Entidades profesionales correspondientes. Dese a la Direccion Nacional del Registro Oficial para su publicacion. Cumplido, archivese PERMANENTE. — Dr. CARLOS A. CHIALE, Interventor, A.N.M.A.T.

ANEXO I - IFA
  • Alprazolam
  • Butamirato
  • Bromazepam
  • Clonazepam
  • Diazepam
  • Dihidrocodeinona
  • Flunitrazepam
  • Lorazepam
  • Prometazina
  • Tramadol
  • Trihexifenidilo



Fuente: Prensa ANMAT

domingo, enero 27, 2013

Argentina Salud Publica - Ley 26.812


(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)


SALUD PUBLICA - Ley 26.812 - Sustituyese articulo 15 de la ley 26.529 sobre “derechos del paciente en su relacion con los profesionales e instituciones de la salud”.
Sancionada: Noviembre 28 de 2012
Promulgada de Hecho: Enero 8 de 2013
El Senado y Camara de Diputados de la Nacion Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Sustituyese el articulo 15 de la ley 26.529 por el siguiente:
Articulo 15: Asientos. Sin perjuicio de lo establecido en los articulos precedentes y de lo que disponga la reglamentacion, en la historia clinica se debe asentar:
a) La fecha de inicio de su confeccion;
b) Datos identificatorios del paciente y su nucleo familiar;
c) Datos identificatorios del profesional interviniente y su especialidad;
d) Registros claros y precisos de los actos realizados por los profesionales y auxiliares intervinientes;
e) Antecedentes geneticos, fisiologicos y patologicos del paciente, si los hubiere;
f) En el caso de las historias clinicas odontologicas, estas deben contener registros odontologicos que permitan la identificacion del paciente;
g) Todo acto medico realizado o indicado, sea que se trate de prescripcion y suministro de medicamentos, realizacion de tratamientos, practicas, estudios principales y complementarios afines con el diagnostico presuntivo y en su caso de certeza, constancias de intervencion de especialistas, diagnostico, pronostico, procedimiento, evolucion y toda otra actividad inherente, en especial ingresos y altas medicas.
Los asientos que se correspondan con lo establecido en los incisos d), e), f) y g) del presente articulo, deberan ser realizados sobre la base de nomenclaturas y modelos universales adoptados y actualizados por la Organizacion Mundial de la Salud, que la autoridad de aplicacion establecera y actualizara por via reglamentaria.
Para el caso del inciso f) debe confeccionarse el registro odontologico, integrante de la historia clinica, en el que se deben individualizar las piezas dentales del paciente en forma estandarizada, segun el sistema digito dos o binario, conforme al sistema de marcacion y colores que establezca la reglamentacion.
ARTICULO 2º — Comuniquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.812 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.

Fuente: Infoleg.gob.ar

viernes, enero 25, 2013

Los remedios pasan del troquel a un nuevo codigo seriado.


(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)

La trazabilidad de un medicamento se apoya en una nueva forma de identificacion de cada especialidad medicinal a ser comercializada, a fin de efectuar su seguimiento a traves de toda la cadena. Es un cambio absolutamente revolucionario, que garantiza su inviolabilidad, señala el boletin de Anmat.
Se trata de la identificacion individual y univoca de cada caja o unidad, desde que entra en el circuito de produccion, hasta que llega al usuario, pasando por cada uno de los pasos intermedios de la cadena de distribucion (laboratorios, distribuidoras, operadores logisticos, droguerias, farmacias, establecimientos asistenciales y, finalmente, los pacientes).
Se pasa asi del troquel a un nuevo codigo seriado completamente inviolable e infalsificable.
A traves de este sistema, cada movimiento fisico de la caja o unidad debe ser informado a una base de datos, administrada por ANMAT, a fin de garantizar paso a paso que nunca abandono los carriles legitimos del circuito de produccion y reparto. Como cada envase tiene un codigo individual inviolable e infalsificable, el usuario puede consultar que haya seguido el camino correcto, obteniendo la seguridad de tener en sus manos un remedio de calidad.
El Sistema Nacional de Trazabilidad permite saber quien produjo un medicamento, cuando lo hizo, a quien se lo vendio, quien lo acumulo y quien lo entrego y lo llevo al lugar donde lo estan dispensando. Es una herramienta mucho mas efectiva para el combate de la falsificacion que el anterior sistema, apoyado centralmente en tareas de inspectoria.
Por medio del seguimiento total se asegura el control de los medicamentos y se contribuye a eliminar la circulacion de aquellos que sean ilegitimos (termino que abarca: falsificados, adulterados, de contrabando, sin registro sanitario o robados)
Precisamente, Carlos Chiale, interventor de la ANMAT afirmo: “El Sistema de Trazabilidad representa un paso mas en el fortalecimiento de la politica institucional de calidad de ANMAT, a traves del cual afianzamos la seguridad que se brinda a los pacientes con relacion a la legitimidad, calidad y eficacia de los medicamentos que se consumen”.
En Argentina, el Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos comenzo a implementarse a fines del año pasado e involucra a la totalidad de las personas fisicas o juridicas que intervengan en el proceso. Desde el comienzo de la vigencia de dicho sistema, se han informado mas de 40.000.000 de movimientos logisticos, con mas de seis mil actores dados de alta e informando.
Hasta ahora, fue aplicado en una amplia lista de medicamentos criticos, del mas alto costo, y utilizados para tratar afecciones como cancer, HIV, hemofilia, artritis reumatoidea, fibrosis quistica y tratamientos especificos como asma, acromegalia, degeneracion macular humeda y la anemia asociada a la enfermedad renal cronica, pero tambien se extiende a toda nueva especialidad medicinal que en el futuro se registre y que no tenga similar en el mercado, cualquiera sea su ingrediente farmaceutico activo. Es conveniente destacar que se refiere tanto a productos nacionales como importados.
En virtud de la importancia dada a este tema y en pos de marcar el liderazgo de Argentina, se convoco y organizo desde ANMAT a una primera reunion internacional de Autoridades Sanitarias, realizada el 22 de noviembre de 2012 en la ciudad de Buenos Aires. Este Primer Foro de Autoridades de Referencia en Trazabilidad de Medicamentos, tuvo como finalidad discutir estrategias, objetivos, inconvenientes, soluciones, y modalidades de implementacion con otros paises que estan trabajando activamente en este tema.
De este modo se convirtio en una oportunidad fundamental para el intercambio y transmision de experiencias.
La farmaceutica Maria Jose Sanchez, coordinadora del Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos y Productos Medicos de ANMAT, sostuvo: "Es fundamental que las agencias regulatorias del mundo podamos intercambiar experiencias para afrontar el combate a la falsificacion de medicamentos de una manera global, ya que este delito no tiene fronteras".
Este primer encuentro conto con la participacion de representantes de las agencias regulatorias de Turquia, Reino Unido, Estados Unidos y con la presencia virtual por videoconferencia de un portavoz del Consejo de Europa.
Cada una de las delegaciones participantes efectuo una presentacion sobre los avances alcanzados en trazabilidad en sus respectivos paises.
Ademas se realizo un Taller de discusion en donde se debatio la posibilidad de realizar trazabilidad de productos medicos y otros temas relacionados.
Las conclusiones alcanzadas determinaron que el tema en cuestion tiene una dimension global que excede a la realidad nacional de un pais. Esto se refiere a que al impedir estos sistemas que los medicamentos desviados de la cadena legal sean reingresados a la misma, estos podran ser ingresados en el mercado de otros paises que no posean este u otros controles efectivos.
Por otra parte, se determino que su aplicacion presenta beneficios que exceden al mero registro de la cadena recorrida.
Luego de estos resultados positivos, los participantes del foro acordaron compartir la informacion de la reunion con los demas paises y regiones, para conocimiento e impulso de las actividades.
Se decidio entonces, coordinar una segunda reunion durante 2013, para dar continuidad a los temas abordados. La delegacion de Turquia manifesto su interes de ser sede de dicha reunion, lo que fue acogido con beneplacito por todas las delegaciones presentes.
Cuando se habla del Sistema de Trazabilidad se habla de un autentico desafio en pos de promover el acceso a medicamentos de maxima calidad. Garantizar el mayor nivel de salud es la clave fundamental que ANMAT persigue


Fuente: Secretaria de Comunicacion Publica - Presidencia de la Nacion

jueves, enero 24, 2013

Lavarse las manos evita ingresos hospitalarios por gripe A.


(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)

El efecto protector del lavado de manos en la prevencion de casos de gripe A (H1N1)2009 en personas que pueden requerir ingreso hospitalario ha sido confirmado por investigadores españoles en un estudio de tres años de duracion que concluyo el pasado 31 de diciembre.
Esta es una de las principales conclusiones de relevancia obtenidas por este proyecto, que analizo durante tres años mas de 1500 pacientes hospitalizados por gripe pandemica A(H1N1) en 36 hospitales, algunas de las cuales se han ido publicando en diferentes revistas cientificas.
El proyecto, denominado "Factores de riesgo de hospitalizacion por gripe A (H1N1)2009 y efectividad de intervenciones farmacologicas y no farmacologicas en su prevencion. Estudio de casos y controles", ha sido liderado por el Centro de Investigacion Biomedica en Red de Epidemiologia y Salud Publica (CIBERESP) y el de Enfermedades Respiratorias (CIBERES).
Los trabajos, en los que participaron 130 investigadores de Andalucia, Castilla y Leon, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid, Navarra y Pais Vasco, analizan, entre otros, el papel de las vacunas antigripales en el control de la expansion del virus; la eficacia de antivirales en las primeras horas de aparicion de los sintomas; los antecedes de vacunacion y su posible efecto protector y la eficacia de las medidas no farmacologicas, como el lavado de manos en la disminucion de la hospitalizacion.
Segun un comunicado del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), “el lavado de manos demostro un efecto preventivo de casos de gripe que hubieran requerido ingreso hospitalario. Ademas, la reduccion del riesgo de ingreso hospitalario fue mayor al aumentar la frecuencia del lavado de manos”.
Por ello, los autores recomiendan el lavado de manos al menos cinco veces al dia y detectaron un efecto protector frente al ingreso hospitalario por gripe en el lavado de manos despues del contacto con superficies potencialmente contaminadas.
Tras estudiar el pronostico de los pacientes hospitalizados, los expertos observaron que tener diabetes o ser tratado con corticoides se asocio con un peor pronostico. Asimismo, el uso del tratamiento antiviral especifico para la gripe, administrado en las primeras 48 horas, redujo las complicaciones y se asocio a una menor duracion de la hospitalizacion.
Ademas, los investigadores comprobaron que el bajo nivel educativo y la pertenencia a algunas minorias etnicas, asi como la obesidad (IMC>40), las neoplasias hematologicas, la enfermedad cardiaca cronica, la enfermedad pulmonar obstructiva cronica y las enfermedades neurologicas fueron factores asociados a la hospitalizacion por gripe pandemica.
A su vez, los autores acreditaron que en niños la hospitalizacion fue mas frecuente en menores de dos años, en aquellos con enfermedades cronicas neurologicas, enfermedades neuromusculares o pulmonares y en pacientes cuyos padres tenian un menor nivel de estudios.
Por ultimo, la vacuna fue la principal medida para prevenir casos de gripe, reduciendo el riesgo en un 87%. Los trabajadores sanitarios que no se vacunaron tuvieron un riesgo de enfermar por gripe casi tres veces mayor que el resto de la poblacion, lo que demuestra el potencial de contagio de la gripe que se produce en el medio sanitario. (Fuente: ISCIII)


Fuente: NCYT

miércoles, enero 23, 2013

No sera impreso el catalogo de HIMSS13 y ya se encuentra disponible online.


(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas)

El folleto de HIMSS se presenta en un atractivo formato digital para que los asistentes –y todos aquellos interesados en la Annual HIMSS Conference & Exhibition- puedan planificar anticipadamente su participacion en el evento.
Incluye la programacion general, un indice de acceso facil para conocer todos los eventos que se daran cita durante HIMMS13 y tambien incluye una lista detallada de programas especiales. Entre ellos, cabe citar: HIT X.0: Beyond the Edge, Leading from the Future y Health IT Venture Fair & Strategic Partner Forum. Asimismo podran consultarse los programas educativos, como las pre-conferencias, simposios y talleres, sesiones de formacion general, y mas.
Un apartado destinado a promover las oportunidades profesionales, incluyendo el certificado de prueba de HIMSS, HIMSS Career Services Center y JobMine, asi como los eventos especialmente diseñados para promover las conexiones laborales, tales como el Awards Banquet, el HIMSS Social Media Center y la nueva Women in Health IT Networking Reception.
Tambien se encuentra un mapa del predio de exposiciones, que contara con mas de 1.100 proveedores, asi como tambien las presentaciones especiales, tales como la nueva Meaningful Use Experience, Interoperability ShowcaseTM y el Intelligent HospitalTM Pavilion.
El folleto puede descargarse  aqui : http://12.70.126.70/h13/


Fuente: eHealth Reporter