Estimados, les comparto una actualización normativa de Argentina que, si bien está vigente desde agosto del 2018, cansado de lidiar con la burocracia legislativa, recién ahora me entero.
Se trata de la Ley 27.446 que anula el artículo nro. 4 de la Ley de Firma Digital (25.506) donde se exceptuaba de la firma digital a los actos personalísimos que, en nuestro caso, se refiere a los Consentimientos Informados.
Esto quiere decir que si logramos que el Consentimiento Informado fuera firmado digitalmente por el paciente, se podría eliminar la obligación de mantener el mismo en formato papel.
Manos a la obra para eliminar el último vestigio que nos obligaba a mantener este documento en formato papel.
Lic. Jorge A. Guerra
Buenos Aires, Argentina
LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/jguerra1950/
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