Se trata de una
propuesta de la diputada de Evolución, Inés Gorbea, que establece la
obligatoriedad de digitalizarla para los efectores de salud públicos y
privados. “Será una herramienta que mejorará la atención de los pacientes y
reducirá los trámites burocráticos”, aseguró.
Con la intención
de avanzar en la mejora y modernización de los sistemas de salud, la
legisladora de Evolución Inés Gorbea impulsó en la Legislatura porteña un
proyecto de ley a través del cual buscará crear e instrumentar el Sistema de
Receta Médica Digital, el cual será de uso obligatorio para la comercialización
y expendio de la totalidad de los medicamentos, drogas, drogas preparadas y
especialidades médicas en la Ciudad.
Con este sistema
se podrá fiscalizar de una manera más adecuada el uso de los medicamentos, no
solo de la dosis que se le prescribe, sino también una adecuada racionalización
de manejo de medicamentos al paciente, dándole al profesional en farmacia y el
profesional médico, una responsabilidad mayor.
De acuerdo a la
normativa, la Receta Digital será de uso obligatorio en hospitales públicos y
privados; Centros de Salud (CESAC); los Centro de Especialidades Médicas de
Referencia (CEMAR); los Centros Médicos Barriales (CMB); clínicas, sanatorios e
instituciones de la salud de índole privada; y para los profesionales que
atiendan de manera privada.
Además, prevé
todas las farmacias habilitadas del distrito capitalino se registren en dicho
sistema para poder comercializar los medicamentos. No obstante, no limita la
venta de los mismos con receta de papel -ya que la Receta Digital puede
presentar algún tipo de falla o durante el periodo de aplicación de la misma-,
pero deberán registrar la venta en el Libro del Sistema Receta de Médica
Digital.
Cabe señalar que
para que este tipo de receta sea válida, la misma deberá contener todos los
datos del paciente (tales como su nombre completo, DNI, número de historia
clínica digital, etc.), los del profesional, información sobre la medicación
prescrita e información adicional (como la fecha y persona autorizada a retirar
las drogas).
“El Sistema deberá
contar con la tecnología necesaria para guardar el respaldo establecido por las
leyes tanto nacionales como locales, para garantizar la confidencialidad de los
datos allí ingresados y para cumplir con el Sistema de Trazabilidad de
Medicamentos con que cuenta nuestro país”, explicó Gorbea y destacó que “se
establece un régimen sancionatorio tanto para prescriptores como para
expendedores de medicamentos, cuando no cumplan con los requisitos, cronograma
e implementación del mismo”.
En el caso de que
la iniciativa sea aprobada por la Legislatura porteña, la misma se implementará
en cuatro etapas: en los primero 12 meses de sancionada la ley deberá estar en
todos los efectores públicos de la Ciudad y sus farmacias hospitalarias; a los
18 meses para para Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires y la red de
farmacias vinculadas con la misma; a los 24 meses para los efectores de salud
privados y la Red de Farmacias; y a los 36 meses para los profesionales
particulares.
En los fundamentos
de la norma Gorbea concluyó que “la receta digital será una herramienta que
mejorará la atención de los pacientes, reducirá los trámites burocráticos, y
reducirá el gasto farmacológico, sumado a que la informatización del sistema de
salud es un proceso de enorme potencialidad que permitirá, entre otras cosas,
mejorar la calidad administrativa, disminuir costos y brindar mayor
información, que contribuya a una adecuada planificación en la gestión de la
salud de la Ciudad”.
Fuente: Parlamentario.com
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