Las dos iniciativas fueron aprobadas por consenso en la sesión del Senado del 30 noviembre, 2020
Todos los
proyectos fueron votados por unanimidad. (Foto: Comunicación Senado).
El Senado aprobó por
unanimidad y giró a la Cámara de Diputados este lunes un proyecto que establece
la creación del “Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de
Historias Clínicas”, con el fin de instaurar, en forma progresiva, el “Sistema
Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas”.
Según el proyecto, la
Nación deberá reglamentar -a través de la autoridad de aplicación- la
implementación y puesta en funcionamiento de este programa, en consenso con las
provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se tendrá que elaborar
un protocolo de carga de historias clínicas, así como diseñar e implementar un
software de historia clínica, respetando las leyes de Derecho del Paciente
(26.529) y de Protección de Datos Personales (25.326).
El software deberá ser
instalado de forma gratuita en todos los hospitales públicos nacionales,
provinciales y municipales, así como en los centros de salud privados y de la
seguridad social, según se establezca por la vía reglamentaria.
En el Sistema Único de
Registro de Historias Clínicas Electrónicas se dejará constancia de toda
intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la
salud, que se brinde en cualquier institución sanitaria del país.
Este sistema contendrá
todos los datos clínicos del paciente, “de forma clara y de fácil
entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento”.
El proyecto establece
que “el paciente es titular de los datos y tiene en todo momento derecho a
conocer la información en la historia clínica electrónica, que es el documento
digital, obligatorio, con marca temporal, individualizada y completa, en el que
constan todas las actuaciones de asistencia a la salud efectuadas por
profesionales y auxiliares de la salud a cada paciente, refrendadas con la
firma digital del responsable”.
“El almacenamiento,
actualización y uso se efectúa en estrictas condiciones de seguridad,
integridad, autenticidad, confiabilidad, exactitud, inteligibilidad,
conservación, disponibilidad y acceso”, agrega el texto.
Durante la sesión, el
misionero Maurice Closs (Frente de Todos) señaló que “se busca
establecer un sistema unificado, gradual, coordinado por el Ministerio de Salud
de la Nación y el COFESA (Consejo Federal de Salud)”.
Apunta a que tanto el
sector público como el privado, “cuando desarrollen un programa de historias
clínicas lo hagan en base a este sistema que se está definiendo, para que el
sistema creado sea único y que cada uno en su provincia tenga la capacidad de
realizar un sistema que pueda interactuar con los demás”, explicó el
legislador.
A su turno, el titular
de la Comisión de Salud, Mario Fiad (UCR), remarcó que “el titular de
la historia clínica es el paciente y por eso es él quien decide quién tiene
acceso a la misma”. En ese sentido, dijo que en la iniciativa “se preservan sus
derechos” mediante “mecanismos seguros”.
“Son muchas las ventajas
que tienen las historias clínicas electrónicas, especialmente si las enmarcamos
en la atención a través de la telemedicina”, expresó el jujeño, de profesión
médico. Además, destacó que “desde cualquier lugar permite tener una visión
integral del paciente”.
El radical también
indicó que las historias clínicas electrónicas “optimizan los tiempos en
consulta” y permiten “certeza sobre la medicación suministrada al paciente”.
“La implementación va a ser progresiva y va a estar coordinada”, agregó, sobre
la aplicación de la norma.
En tanto, la
tucumana Silvia Elías de Pérez (UCR) ponderó el consenso al unificar
cinco proyectos sobre el tema y mencionó a la provincia de Misiones y a la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que “han hecho un trabajo sensacional en esta
materia”.
La radical observó que
la pandemia demostró “cuán importante que es poner la tecnología de la
información al servicio de la salud”. Y, sobre este sistema, aseguró que es muy
necesario en el interior, dado que cuando se necesitan derivaciones a
hospitales de mayor complejidad, en una nueva consulta en otro lugar “es como
un empezar de nuevo, se pierde tiempo al volver a contar lo que ya hemos
contado, al volver a hacer estudios que ya hemos hecho”.
Circulación de vehículos
de emergencia
La Cámara alta también
convirtió en ley, por unanimidad, un proyecto de modificación de la Ley de
Tránsito (24.449), referida a la circulación de vehículos de emergencia.
La norma indica en su
artículo 61 que “los vehículos de los servicios de emergencia pueden,
excepcionalmente y en cumplimiento estricto de su misión específica, no
respetar las normas referentes a la circulación, velocidad y estacionamiento
(…)”.
Con la ley sancionada
este lunes, se agregó que, en esa circunstancia, las ambulancias “deben
circular, para advertir su presencia, con sus balizas distintivas de emergencia
en funcionamiento y agregando el sonido de una sirena si su cometido requiriera
extraordinaria urgencia”.
También se indica que
“los demás usuarios de la vía pública tienen la obligación de tomar todas las
medidas necesarias a su alcance para facilitar el avance de esos vehículos en
tales circunstancias, y no pueden seguirlos”, y se estipula que “la sirena debe
usarse simultáneamente con las balizas distintivas, con la máxima moderación
posible”.
Por último, el proyecto
aprobado dice que “estos vehículos tendrán habilitación especial y no excederán
los 15 años de antigüedad, excepto en el caso de autombombas, móviles de los
cuerpos de bomberos y vehículos afectados a las Fuerzas Armadas y se seguridad,
cuyos vehículos podrán exceder dicho período siempre que cuenten con la
revisión técnica obligatoria otorgada por la autoridad competente”.
Por Parlamentario
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