El presente Reglamento Operativo
(RO), cuerpo principal, anexos y apéndices, establecen los procedimientos,
mecanismos y reglas que resultan aplicables al Proyecto de Respuesta Inmediata
de Salud Pública en el Marco de Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y
Mitigar su Efecto en la prestación de Servicios de Salud en Argentina (BID
5032/OC-AR) en adelante el “Proyecto”.
A través de la implementación del
Proyecto se prevé contribuir a reducir la morbilidad y la mortalidad por
COVID-19 y a mitigar los demás efectos indirectos de la pandemia sobre la
salud.
El Proyecto financia acciones de
fortalecimiento institucional para apoyar la conducción de la respuesta a nivel
del país; insumos y recursos para mejorar la detección y seguimiento de los
casos; acciones de apoyo a los esfuerzos nacionales y subnacionales para la
interrupción de la cadena de transmisión de la enfermedad.
El Proyecto es consistente con la
Actualización de la Estrategia Institucional 2010-2020 (AB-3190- 2) y se alinea
con el desafío de desarrollo de Inclusión Social e Igualdad, por medio de su
enfoque de fortalecer la prestación de servicios de salud a los pacientes con
sospecha y diagnóstico de COVID19, así como de garantizar la prestación de
otros servicios sanitarios básicos durante el periodo en que éstos se vean
afectados logísticamente a consecuencia de la pandemia.
Adicionalmente, el Proyecto
contribuirá al Marco de Resultados Corporativos (CRF) 2020-2023 (GN-2727-12)
mediante el indicador de beneficiarios que reciben servicios de salud, y está
alineado con el fortalecimiento de las instituciones de salud y de los sistemas
de información y agenda digital de salud públicos.
Dentro de este complejo marco, el
Gobierno Nacional Argentino viene implementando el Plan Estratégico para la
Pandemia de COVID-19.
Dada la gran incertidumbre sobre
la dinámica epidemiológica del Coronavirus, esta estrategia es concebida como
un proceso dinámico de organización e integración intrasectorial sanitaria de
los recursos con que cuentan la Nación, las jurisdicciones, y el sector privado
(obras sociales y prepagas).
En el marco del Plan se crearon
dos comités: el Ejecutivo Sanitario Nacional, integrado por el MSAL y otros
ministerios y agencias, para mejorar la coordinación intersectorial e
interinstitucional, y el Ejecutivo Sanitario Federal, integrado por
representantes de Ministerios de Salud provinciales, Obras Sociales
provinciales y secretarías de salud municipales, para mejorar las
intervenciones a nivel jurisdiccional. Esta estrategia está cimentada en las
siguientes líneas de acción:
(i)
Gestión estratégica y operativa;
(ii)
Gestión de la vigilancia;
(iii) Gestión de los servicios de salud—incluyendo
aquellos servicios esenciales como la atención a pacientes crónicos y de salud
materno-infantil cuya provisión se ve complejizada por la atención a los casos
directamente afectados por COVID-19;
(iv)
Gestión del conocimiento;
(v)
Gestión de los recursos;
(vi)
Gestión de los sistemas de
comunicación;
(vii)
Gestión financiera;
(viii)
Gestión de los sistemas de información
y
(ix)
Gestión de la calidad
Este Reglamento Operativo es la
guía de ejecución del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el
Marco de Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
prestación de Servicios de Salud en Argentina.
Seguir leyendo aquí: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/237982/20201202?anexos=1
MINISTERIO
DE SALUD
Resolución
2216/2020
RESOL-2020-2216-APN-MS
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