miércoles, marzo 07, 2007

Provincia de Buenos Aires, Argentina: Cambios en la Ley de Incompatibilidad

Los médicos podrán ejercer en Nación, Municipio y Provincia

Los médicos matriculados en la provincia de Buenos Aires acaban de recibir el beneficio de excepción en la Ley de Incompatibilidad de Cargos Públicos.


La nueva norma en la práctica significa que podrán ejercer su profesión simultáneamente en establecimientos provinciales, y municipales o nacionales, algo que hasta ahora les estaba vedado.Así quedó establecido con la sanción de una ley que introdujo modificaciones en el decreto-ley 8078, del año 1973, que en su artículo primero impedía que se acumulara en una misma persona dos o más empleos en el sector público, "ya sean nacionales y provinciales, municipales y provinciales, o provinciales, aunque algunos de ellos sean en reparticiones autónomas o autárquicas nacionales o provinciales".

La única excepción contenida en la legislación original la constituían los cargos que correspondían a la enseñanza en todos sus niveles: pre-escolar, primaria, media, superior y universitaria.

Ahora, a partir de una iniciativa elaborada por los senadores del Frente para la Victoria Julio Salemme y Osvaldo Goicoechea, también los médicos quedarán exceptuados de las disposiciones de la Ley de Incompatibilidad de Cargos Públicos.

La ley que introdujo modificaciones fue sancionada por la Cámara de Diputados y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. El nuevo texto del artículo 2.º establece que los médicos podrán desempeñar más de un cargo en el sector estatal "cuando no exista superposición horaria y en los términos y condiciones que establezca la respectiva reglamentación".

El artículo 3º de la ley determina que "para los profesionales del arte de curar sólo se admitirá la acumulación de dos cargos cuando la necesidad de la especialidad y carencia de otro profesional lo hiciese indispensable, y siempre que no existiera incompatibilidad horaria".

Asimismo, se estableció que las designaciones que sean efectuadas en el marco de esta excepción tendrán vigencia por un término no mayor de dos años.

En los fundamentos de la iniciativa se destacó que la provincia de Buenos Aires tiene "una variada distribución poblacional donde la concentración urbana tiene matices bien diferenciados y las localidades con superpoblación muestran una demanda del servicio de salud en los hospitales públicos que no siempre se puede abastecer".

Los senadores Salemme y Goicoechea argumentaron al respecto que "por verse afectados los profesionales a desenvolverse en una sola institución pública, quedan sin cubrir los servicios que un correcto derecho constitucional como es el acceso a la salud- debería garantizar".

Otro aspecto que se consideró es el de la situación de muchas localidades chicas del interior bonaerense, donde muchas veces "la falta de profesionales especializados en algunas ramas de la medicina y la existencia de un solo médico afectado al desempeño de su especialidad en un ámbito público, lo inhibe de desempeñarse en el hospital municipal tan requerido por la población".

La Capital - Mar del Plata - 04/03/07 - por Pablo Holzmann

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