La Emergencia
Sanitaria es ley desde el año 2002. De vigencia anual y sancionada parar hacer
frente a las consecuencias de la crisis del 2001.
¿Por qué año
tras año y sin importar lo que sucediera en materia económica, el estado de
Emergencia Sanitaria es ratificado por el Congreso Nacional?
Para
entenderlo, pondremos esta continuidad en contexto.
Luego de la
crisis de diciembre de 2001, en default y con una devaluación del 300%, el
Congreso Nacional sanciona la ley 25.561 que declaraba la emergencia pública en
materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, delegando
facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo. Fue así que este dicto el DNU
486/2002 declarando también la Emergencia Sanitaria Nacional. La justificación
era la grave situación que afectaba al sector de la salud por las dificultades
de provisión de medicamentos, insumos y productos médicos la mayoría de los
cuales son importados y en dólares. Por otro lado, las clínicas y sanatorios
privados obtuvieron la suspensión a las ejecuciones fiscales de la AFIP, lo
cual les permitió diferir los pagos de aportes y contribuciones patronales a la
seguridad social, de todos los empleados en relación de dependencia. Las
excepciones aduaneras permitieron continuar con la importación de medicamentos
y productos médicos que, de otra manera tendrían precios y cargas fiscales
insólitas. Por otro lado, se aprobó un PMO de emergencia que no tuvo mayores
efectos, pues no impidió la ejecución de amparos por parte de afiliados contra
obras sociales y prepagas.
Estas normas
trajeron como consecuencia para los sanatorios y clínicas privadas, además del
manejo discrecional del sector público en cuanto a contrataciones, una deuda
del sector con el fisco, ya que la suspensión de las ejecuciones fiscales no
anula la existencia de las deudas; esto sumado a una aguda dependencia de los
sanatorios privados sin integración vertical alguna con las obras sociales
administradas por el Estado (PAMI, IOMA).
Tenemos tres
tipos de instituciones privadas de salud, clasificadas de acuerdo con el origen
de los recursos que financian su actividad: las vinculadas a las obras
sociales y que son creadas para la atención de sus propios afiliados; las
vinculadas a las empresas de medicina prepaga, y que constituyen el
emblema del prestigio de marca; y por último, las instituciones que no
cuentan con financiador propio. Esta situación explica la conducta de los
gremios del sector a la hora de las paritarias, cuyo resultado queda vinculado
al origen de los ingresos de las instituciones y que, en el caso de los
establecimientos que no poseen financiador propio, tales paritarias se definen
en función de los aumentos que les fija el PAMI para las prestaciones a sus
afiliados.
La ausencia de
financiador propio es el Talón de Aquiles del sanatorio. Quizás esta
"debilidad" explica el motivo por el cual muchos centros de salud del
país le deben a la AFIP importantes sumas. Esta "situación fiscal"
solo puede ser explicada por dos motivos: fraude o trabajo a quebranto.
Descartada la primera, en el segundo caso está claro que la falta de equilibrio
se debe a varios factores propios de la actividad. Y quebranto no siempre es
sinónimo de quiebra, sobre todo cuando el acreedor es el Estado.
Repasemos esos
factores. Mano de obra intensiva. La actividad requiere de mucho
personal asistencial el cual en sus 2/3 partes está en relación de dependencia.
Los aumentos salariales impactan de lleno en la estructura de costos
transformándola en un costo de corto plazo, periódico e impostergable. Los
insumos. En su mayoría, cuando hay procesos devaluatorios o crisis como la
actual del Covid, carecen de valor de referencia y pueden dejar sin stock a los
establecimientos más débiles o con costos tan altos que acentúa el trabajo a
quebranto. Por último, la "electro dependencia". Tanto
equipamiento como el consumo de servicios públicos asociados a su uso,
conforman un valor importante en la estructura de costos de las empresas sobre
todo a partir de los aumentos de 2015. Pero quizás entre todos estos factores
es el costo financiero de las prestaciones el más grave. Tener gastos de
corto plazo a 30 días (sueldos), cobros a 90 días (PAMI) y a 120 días
(seguridad social) no parece ser buen negocio.
En este mar se
debaten las instituciones de salud, y es en este marco en que la Emergencia
Sanitaria permanece. La cascada de ejecuciones fiscales y embargos que podrían
producirse terminaban de desequilibrar un sistema ya rengo. Es por este motivo
que solo los más grandes pudieron sobrevivir y de los más pequeños, los más
hábiles. La mayoría de los establecimientos se pusieron en venta o funcionan
con la hipoteca de la Emergencia Sanitaria. Las que han cerrado dejaron
antiguos polos sanitarios de la zona sur y oeste del Gran Buenos Aires casi sin
instituciones privadas.
Está claro que
la crisis del Covid-19 y sus secuelas económicas solo agravarán la
situación. Quizás entonces, sea el momento de superar la Emergencia hecha
Ley, y encarar una reforma de nuestro sistema sanitario para sacarlo de la
terapia intensiva en la que se encuentra. Una reforma que contemple la
gestión público-privada, con incentivos para la formación de más y mejores
profesionales y que privilegie el lugar en donde se practica la medicina: el
hospital y el sanatorio.
Si en lugar de
tapar las ejecuciones fiscales hubiéramos reformado el sistema, es probable que
el encierro de la población no hubiese sido tan rígido por temor al colapso
sanitario. Con 18 años de vigencia, donde la excepción se volvió norma, la
Vieja Madre de la cuarentena más larga de la Historia de la Humanidad se llama
Emergencia Sanitaria, y ya es hora de darle vacaciones definitivas.
Leído en La
Nación
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