martes, abril 29, 2008

Fallo de la Corte Suprema: es ilegal fijar plazos de espera en las prepagas.

Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas.

MEDIDA A FAVOR DE USUARIOS DE MEDICINA PREPAGA
Son los "plazos de antigüedad" que imponen las empresas para cubrir embarazos, partos u otras prestaciones del Plan Medico Obligatorio. Seis de los integrantes del maximo Tribunal votaron en contra de esta practica.

Con el voto de seis de sus integrantes, la Corte Suprema de Justicia de la Nacion Argentina, fallo a favor de los usuarios de las prepagas: declaro que es ilegal fijar periodos de espera para las prestaciones medicas comprendidas en el Plan Medico Obligatorio (PMO).

El Tribunal puso punto final a una discusion que lleva varios años en la Justicia. Y le dio la razon a los consumidores. De esta manera, la sentencia sienta un precedente importante en materia de jurisprudencia.

El fallo sostiene que los periodos "de carencia" por un lapso de tiempo determinado a partir de la afiliacion para poder acceder a ciertas prestaciones establecidas por el PMO, son decisiones "arbitrarias e ilegales".

La discusion comenzo con una accion judicial presentada por la Union de Usuarios y Consumidores (UUC) contra la empresa Euromedica de Salud S.A. (hoy absorbida por Consolidar Salud).

Con el patrocinio de los doctores Horacio Bersten, Gustavo Maurino y Martin Sigal, la asociacion de consumidores ya habia presentado denuncias similares contra otras prepagas como HSBC Salud y OSDE.

Los juicios no se iniciaron a partir de un caso en particular sino en representacion del interes publico, ya que la asociacion recibia una gran cantidad de denuncias sobre el tema. Este tipo de presentaciones se conoce como una accion colectiva de amparo o juicio sumarisimo, y lo que.decide la Justicia alcanza a todos los afiliados a la prepaga.

En el juicio contra Euromedica, hace ya mas de dos años, la Sala "B" de la Camara en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires promovio el amparo. Y la empresa presento un recurso extraordinario ante la Corte.

Hace pocos dias, el 8 de abril, el maximo Tribunal -con las firmas de Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raul Zaffaroni, Carmen Argibay, Enrique Petracchi y Elena de Nolasco- rechazo el pedido de Euromedica.

"La resolucion declara ilegal la practica de imponer plazos de carencia, algo comun en casi todas las empresas de medicina prepaga", señalo Horacio Bersten, coordinador juridico de la UUC.

La Corte compartio y tomo los fundamentos y conclusiones del dictamen elaborado por la procuradora fiscal, Marta Beiro de Gonyalvez, quien en junio de 2007 aconsejo rechazar el recurso de Euromedica.

Entre otros argumentos, la procuradora afirma que "la ley 24.754 prohibe a las empresas de medicina prepaga imponer periodos de carencias para las prestaciones del PMO".

Bersten explico que esa ley entro en vigencia en 1997 y obliga tanto a las obras sociales como a las prepagas a cubrir un piso prestacional establecido por el PMO. "Las empresas no pueden decir que lo cubren solo a partir de un determinado momento. Es un invento de las prepagas para eludir responsabilidad", amplio.

Federico Diaz Mathe, director ejecutivo de la Camara de Instituciones Medico Asistenciales de la Republica Argentina (CIMARA), la entidad que nuclea a las principales prepagas del mercado, se excuso de hacer declaraciones.

En el recurso extraordinario que Euromedica presento ante la Corte pone en duda la facultad de la Union de Usuarios y Consumidores (UUC) para tramitar una accion de amparo colectiva. Ahora, la Corte dejo bien en claro -en sintonia con el dictamen de la procuradora- que la Constitucion Nacional se lo permite.
El segundo parrafo de su articulo 43 establece: "(...) Podran interponer esta accion contra cualquier forma de discriminacion y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, asi como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propenden a esos fines (...)".

Fuente: Graciela Gioberchio - Diario Clarin.

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