domingo, mayo 11, 2008

Prohibicion de la venta libre de medicamentos.

Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas.

Diputados nacionales dieron media sancion al proyecto de ley que establece la venta de todo tipo de medicamentos en forma exclusiva a las farmacias habilitadas para ese fin y califica como "ejercicio ilegal de la farmacia" su comercializacion en otro tipo de establecimientos.

Para su sancion definitiva debera ser tratada en la Camara Alta.

El proyecto, del presidente de la Comision de Salud Juan Sylvestre Begnis, modifica el articulo 1 de la Ley 17.565 y dispone que "la preparacion de recetas, dispensa de drogas, medicamentos incluidos los de dispensa sin receta o denominados de venta libre, especialidades farmaceuticas cualquiera sea su condicion de expendio, solo podran ser efectuadas en farmacias habilitadas".

La iniciativa fue votada a favor por 174 diputados, 2 en contra y una abstencion.

De acuerdo con la medida, "la autoridad de aplicacion podra disponer la incorporacion de otro tipo de productos al presente regimen". Y dispone que la "venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley, los que la efectuen podran ser denunciados por infraccion al Codigo Penal".

Sobre el personal especifica que deben ser dispensados personalmente en mostrador por farmaceuticos o personas autorizadas para el expendio.

Aclara que las autoridades sanitarias a nivel nacional y provincial se encuentran "facultadas para autorizar a titulo precario en zonas en donde no actuen farmaceuticos el establecimiento de botiquines de medicamentos debiendo determinar las condiciones administrativas e higienicas sanitarias de los mismos".

Ademas, "los programas nacionales, provinciales, municipales o comunales destinados a la provision de medicamentos o productos antes mencionados deben contar con la supervision de farmaceuticos conforme lo regule la autoridad jurisdiccional competente".

Tambien, este proyecto aprobado deroga los articulos 14 y 15 del decreto 2.284/91, ratificado por ley 24.307, que en los noventa permitio abrir al mercado el expendio de medicamentos.

En los fundamentos se sostiene que "a partir de la sancion del mencionado decreto sobre desregulacion economica se pretendio generalizar la venta de medicamentos de venta libre, permitiendose que se comercialicen los mismos en otros locales comerciales aunque no fueran las farmacias habilitadas argumentando para ello su baja toxicidad y supuesta disminucion de los precios por exacerbacion de la oferta".

Al respecto, se indica que los "pretendidos resultados no se lograron" sino que los medicamentos no solo no bajaron de precio sino que aumentaron a pesar de la convertibilidad en mas de un 140% en 10 años", ademas de registrarse la existencias en los referidos establecimientos medicamentos robados, adulterados y falsificados.

Fuente: Consultor de Salud

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